Una serie de recomendaciones, para mejorar la protección y conservación del humedal Parrasía-Encón ubicado en la comuna de San Felipe, estableció el Primer Tribunal Ambiental en la sentencia, dictada hoy, por la reclamación en contra de la resolución que dio el vamos al proyecto fotovoltaico Encón Solar.
El fallo, que rechazó la reclamación de la Municipalidad de la comuna en contra del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA), dicta una serie de acciones que deben realizar coordinadamente el Municipio, la empresa y los órganos del Estado con competencia ambiental.
Esto, se explica porque en la visita inspectiva realizada el lugar, los Ministros lograron evidenciar que el humedal se encuentra en una condición de degradación y eventual abandono. “Pudimos distinguir que ha sufrido a lo largo décadas, múltiples presiones asociadas a la acción antrópica, como la parcelación, la generación de canales y drenajes artificiales, y otras acciones tendientes a realizar actividades productivas agropecuarias, sumado a la evidente presencia de microbasurales y escombros, lo que hace necesario tomar acciones que permitan poner en valor la zona”, explicó el Ministro redactor del fallo, Marcelo Hernández.
“Es importante tener presente que se estableció que el proyecto no genera efectos significativos sobre los recursos naturales renovables y no afecta ningún área que evidencie un remanente de humedal. “Si bien existe una zona de humedal, esta se encuentra gravemente intervenida por el ser humano y afectada por la carencia de precipitaciones desde antes de la instalación del proyecto fotovoltaico y no altera el hábitat de fauna silvestre, tampoco se identificaron especies vegetales en categoría de conservación”, aseguró Hernández.
Otro de los aspectos que considera la sentencia es las medidas adoptadas por la empresa para resguardar las tres especies de reptiles encontrados en el sector, los que fueron reubicados bajo un programa autorizado por el Servicio Agrícola y Ganadero, SAG, y que, además, se generó un vivero forestal de especies nativas y exóticas para reforestar una zona de compensación con un Plan de Manejo Forestal y autorización de CONAF.
Acciones
Respecto a las acciones estipuladas en el fallo, se determina, entre otras, que se debe llevar a cabo un programa de “valor compartido” con el fin de abordar estudios y programas de recuperación ambiental y de la biodiversidad del sector y que el Municipio debería “poner en valor ambiental, cultural y paisajístico a la brevedad posible el lugar”.
Otra de las recomendaciones establecidas en la sentencia fue fortalecer la coordinación pública entre la Municipalidad de San Felipe, el Ministerio de Medio Ambiente, la Subsecretaría de Desarrollo Regional y el Gobierno Regional de Valparaíso para la elaboración de un programa de gestión ambiental local y su financiamiento con foco en la mantención, aseo y ornato de sectores rurales aledaños y en el humedal que “se encuentran seriamente afectados por microbasurales y escombros, lo que daña el medio ambiente local, el paisaje del sector y el valor ambiental”, establece la sentencia.
Por último, el Ministro Hernández explicó que también se recomienda a la Municipalidad generar un programa colaborativo y participativo público-privado que incorpore a la empresa, a los predios agrícolas y vecinos particulares colindantes del humedal para generar una ordenanza municipal de carácter ambiental que establezca al humedal como “Paisaje de Conservación”.
En la sentencia, además, los ministros se pronuncian respecto a los cuatro hechos controvertidos en la causa y establecen que el Municipio cuenta con la legitimación activa para interponer recursos de reclamación en contra de resoluciones de calificación ambiental; que la autoridad ambiental actuó de acuerdo a sus facultades; que no logra ser debidamente justificada por el reclamante la transgresión al artículo 19 Nº 8 de la Constitución Política de la República y respecto al valor de los informes sectoriales se estableció que el SEA realizó una adecuada consideración, valoración y ponderación de ellos.
La sentencia fue pronunciada por los Ministros Mauricio Oviedo (presidente), Marcelo Hernández y Cristián Delpiano.
Proyecto
El proyecto fotovoltaico Encon Solar se ubica en la comuna de San Felipe, Región de Valparaíso, específicamente en el sector rural ubicado en Encon y sector Punta del Olivo, donde se encuentra emplazado el humedal Parrasía-Encon.
El objetivo del proyecto es la generación de energía eléctrica a partir de energía solar para lo cual se instaló una planta solar fotovoltaica de 33.600 paneles que tendrán en conjunto un potencial de 9 mega watts que serán conectados al Sistema Interconectado Central.
Ingresó al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, SEIA, mediante Declaración de Impacto Ambiental, DIA. Fue calificado favorablemente mediante la Resolución de Calificación Ambiental, RCA.
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